EL ABANDONO NO SOLO PUEDE INTERPRETARSE COMO NEGLIGENCIA, SINO COMO UNA FORMA DE VIOLENCIA ESTRUCTURAL QUE SE INSERTA DENTRO DE LOS PATRONES DE VIOLENCIA DE GÉNERO
La diputada Gabriela Guadalupe Martínez Vázquez, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, para sancionar el abandono de mujeres embarazadas por parte de quienes tienen una responsabilidad directa en su situación.
El artículo 204 TER establecerá que “a quien abandone a una mujer en estado de embarazo, colocándola en situación de vulnerabilidad que comprometa su integridad personal, dignidad, seguridad o sus condiciones mínimas de cuidado y asistencia, se le impondrá pena de uno a cinco años de prisión y multa de ciento cincuenta a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de la comisión del delito”.
Si como consecuencia del abandono se produjeren lesiones a la mujer embarazada, o se pusiere en peligro su salud o la del producto de la concepción, las penas previstas en el párrafo anterior se incrementarán hasta en una tercera parte en su máximo. Cuando del abandono y de las lesiones ocasionadas resulte la muerte de la mujer embarazada o del producto de la concepción, las penas y sanciones señaladas se incrementarán hasta en una mitad en su mínimo y máximo.
La legisladora Gabriela Martínez expuso que el abandono de mujeres embarazadas es una práctica persistente que, al no ser plenamente visibilizada ni sancionada con la contundencia debida, ha sido tolerada e incluso normalizada en distintos espacios de nuestra vida social. Esta omisión institucional y cultural coloca a numerosas mujeres en un estado de profunda vulnerabilidad, donde la carga física, emocional y económica de la gestación recae de manera desproporcionada sobre una sola persona.
Esta conducta no es meramente una expresión de irresponsabilidad individual, sino la manifestación de una estructura de desigualdad más profunda. El abandono durante el embarazo reproduce esquemas históricos de subordinación de género, en los que las mujeres enfrentan solas las consecuencias de decisiones que, en esencia, corresponden a dos personas.
Desde esta perspectiva, el abandono no solo puede interpretarse como negligencia, sino como una forma de violencia estructural que se inserta dentro de los patrones de violencia de género. La revisión crítica de construcciones sociales que atribuyen a las mujeres una supuesta capacidad ilimitada para asumir múltiples responsabilidades, resulta indispensable para avanzar hacia esquemas de corresponsabilidad e igualdad sustantiva.
La iniciativa se turnó a las comisiones correspondientes para su análisis y dictamen.




SE SANCIONARÁ EN EL CÓDIGO PENAL EL ABANDONO DE MUJERES EMBARAZADAS POR PARTE DE QUIENES TIENEN UNA RESPONSABILIDAD DIRECTA EN SU SITUACIÓN: DIP. GABRIELA GUADALUPE MARTÍNEZ VAZQUEZ





















































