LA RUEDA DIGITAL NOTICIAS

AVANCE IMPORTANTE PARA ATENCIÓN DE LAS PERSONAS CON LA CONDICIÓN DEL ESPECTRO AUTISTA, CON LA CREACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO AUXILIAR.



LA REFORMA APROBADA DISPONE LA INTEGRACIÓN Y LAS FACULTADES DE ESTE CONSEJO CONSULTIVO Y LAS NORMAS MÍNIMAS PARA SU FUNCIONAMIENTO: DIP. LUIS FELIPE CASTRO.

Con la reforma a la Ley para la Atención y Protección de las Personas con la Condición del Espectro Autista del Estado de San Luis Potosí,  aprobada por el Pleno del Congreso del Estado, se da un paso importante para fortalecer la atención a este sector, con la creación del Consejo Consultivo auxiliar en materia de Personas con la Condición del Espectro Autista del Estado de San Luis Potosí, señaló el diputado Luis Felipe Castro Barrón.

Resaltó que esta iniciativa ciudadana, presentada por el C. Javier López Rodríguez, dispone la integración y las facultades de este Consejo Consultivo y las normas mínimas para su funcionamiento, a fin de que pueda incidir y llevar a cabo las facultades que se le asignan.

Dijo que este Consejo Consultivo auxiliar en materia de Personas con la Condición del Espectro Autista, estará conformado por cuando menos ocho representantes de organizaciones de la sociedad civil o de personas con la condición del espectro autista, los cuales serán integrados por la Coordinación a través de una convocatoria abierta.

El Consejo Consultivo Auxiliar será Presidido por quien resulte electo por mayoría de votos de entre las y los integrantes del mismo; la Presidencia será rotativa y durará un año.

Las personas integrantes del Consejo Consultivo Auxiliar no recibirán remuneración alguna por su desempeño como Consejeros; sin embargo, las personas que acudan desde el interior del Estado, podrán recibir de la Coordinación viáticos para su traslado, y estadía.

El Consejo deberá sesionar ordinariamente de forma trimestral, en los meses de enero, junio y diciembre, y de forma extraordinaria, cuando resulte necesario atender algún asunto que así lo requiera; sus acuerdos se tomarán por mayoría de votos y en caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad.

El Consejo mantendrá una constante comunicación con la Coordinación a través de su presidencia, a fin de coadyuvar con el mismo como órgano auxiliar, y ejercer las facultades que le otorga esta ley.

Explicó que las facultades del Consejo Consultivo Auxiliar consistirán en fungir como órgano asesor de la Coordinación en materia de autismo y de personas en condición del espectro autista; coadyuvar con la Coordinación en el diseño e implementación de políticas públicas, obras y acciones dirigidas a la atención de personas en condición del espectro autista; proponer a la Coordinación programas mecanismos y estrategias para el cumplimiento del objeto de la Ley, considerando las circunstancias y necesidades de las personas en condición del espectro autista en las diversas zonas del Estado.

Además, asistir a las sesiones de la Coordinación a través de su Presidencia y tres más de sus integrantes, y participar en las mismas con voz, pero sin voto; emitir opiniones técnicas que le sean solicitadas por la Coordinación; proponer a la Coordinación la realización de Foros, encuentros, conferencias, estudios e investigaciones sobre el espectro autista dirigidos a conocer los avances científicos y tecnológicos que puedan favorecer la integración de las personas en condición del espectro autista; entre otras.

Señaló que las organizaciones y representaciones de la sociedad civil en esta materia se encuentran cercanas o inmersas directamente en la problemática que aqueja a las personas con condición del espectro autista, en el ámbito social, familiar, educativo, médico, de inclusión, de movilidad y accesibilidad, y pueden por ello, aportar mayores elementos y proponer soluciones más atingentes que beneficien de forma más efectiva a dichas personas.