INICIATIVA DE REFORMA AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO PARA ESTABLECER LA REPARACIÓN INTEGRAL EN DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD SEXUAL.

COMPRENDERÁ UNA INDEMNIZACIÓN COMPENSATORIA QUE TOME EN CUENTA LA PERSISTENCIA DEL CONTENIDO EN LA RED: DIP. DULCELINA SÁNCHEZ.

Con el fin de declarar la reparación integral en delitos contra la intimidad sexual, la  diputada Dulcelina Sánchez de Lira propuso una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en su artículo 187.

La legisladora explicó que actualmente el artículo 187 del Código Penal del Estado, tipifica la difusión ilícita de imágenes íntimas, para quien, transmita, publique, o difunda imágenes, sonidos o grabaciones de contenido sexual, que pueden o no contener texto, obtenidas con o sin el consentimiento de la víctima, sin autorización para su difusión.

Se establece una pena de tres a seis años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida de actualización. Con la iniciativa propuesta, se busca la reparación del daño, el cual comprenderá, además de lo previsto en las reglas generales, una indemnización compensatoria que tome en cuenta la persistencia del contenido en la red.

En su exposición de motivos, Sánchez de Lira menciona que esta iniciativa responde a la extensión del daño moral dentro de la esfera íntima de la víctima, reconociendo no solo su afectación en el ‘dolor emocional’, sino también el daño al proyecto de vida y la naturaleza técnica del delito.

Agrega que la transición hacia un entorno digital ha modificado la naturaleza del daño, ya que a diferencia de otros delitos, la difusión ilícita de contenido íntimo no tiene un momento de conclusión claro. Una vez el archivo se encuentra cargado en la red, este puede ser replicado, almacenado y redistribuido de forma infinita, por lo que la víctima enfrenta una revictimización perpetua cada vez que el contenido vuelve a aparecer en un motor de búsqueda o red social.

De acuerdo con los estándares de la reparación integral del daño esta debe ser adecuada, eficaz y proporcional a la gravedad de la afectación. La justicia no se alcanza solo con la prisión del agresor, sino con el restablecimiento de la paz digital de la víctima.

La iniciativa se turnó para su análisis a la Comisión Primera de Justicia.