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REFORMA CONSTITUCIONAL APROBADA POR EL CONGRESO DEL ESTADO, GARANTIZA UNA SEGURIDAD SOCIAL DIGNA PARA LOS INTEGRANTES DE CUERPOS DE SEGURIDAD MUNICIPAL.

SE BUSCA QUE LOS POLICÍAS MUNICIPALES ACCEDAN DE MANERA EFECTIVA A PRESTACIONES DE RETIRO, JUBILACIÓN O PENSIÓN: DIP. CUAUHTLI BADILLO.


Garantizar una seguridad social digna para las personas integrantes de los cuerpos de seguridad pública municipal es una realidad, con las reformas constitucionales y a diversas leyes locales que fueron aprobadas por la LXIV Legislatura del Congreso del Estado, señaló el diputado Cuauhtli Badillo Moreno, presidente de la Comisión de Seguridad Pública y Prevención Social.

Señaló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), validó recientemente las reformas a la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica del Municipio Libre y la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado y Municipios, luego de una impugnación por parte del ayuntamiento de San Luis Potosí.

La reforma constitucional, propuesta por el Gobernador del Estado, Ricardo Gallardo, establece que “los ayuntamientos deberán garantizar que las personas integrantes de los cuerpos de seguridad pública municipal accedan de manera efectiva a prestaciones de retiro, jubilación o pensión, mediante esquemas operados por instituciones públicas de seguridad social que consideren su naturaleza funcional y condiciones de riesgo, observando criterios de viabilidad financiera, continuidad institucional y transparencia, conforme a los lineamientos que para su operación, seguimiento y evaluación emita el cabildo”.

Se indica que estas adecuaciones a la normativa del Estado, en materia de garantizar el derecho a la seguridad social digna de los miembros de los cuerpos policiales municipales, representan un avance institucional en la protección de sus derechos, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que otorga a las legislaturas de los estados la facultad configurativa de regular las relaciones tanto en los municipios como en el propio ámbito estatal, en cumplimiento a los principios, bases mínimas, y de acuerdo con sus propias leyes.

Se establece que en el caso del Estado de San Luis Potosí, las personas integrantes de los cuerpos de seguridad pública estatales ya cuentan con cobertura pensionaria a través de la Dirección de Pensiones del Estado, lo que representa un avance institucional en la protección de sus derechos. Sin embargo, en el ámbito municipal, resulta indispensable establecer mecanismos claros, viables y fiscalizables que permitan a los municipios cumplir con esta obligación.